Condiciones de contratación
Estas condiciones regulan la contratación de los servicios de Fotomatón El Puerto. Se publican para que cualquier persona pueda conocerlas antes de reservar, en cumplimiento del deber de información precontractual del artículo 97 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007). Las condiciones concretas de cada evento son las que figuren en el presupuesto aceptado.
1. Identificación del prestador
- Titular: María Cristina Peinado Sánchez
- NIF: 45329166F
- Domicilio: Plaza de los Claveles, 1, 1.º B, 11500 El Puerto de Santa María (Cádiz)
- Correo electrónico: fotomatonelpuerto@gmail.com · Teléfono: +34 623 576 763
2. Objeto y ámbito
El objeto del contrato es la prestación, durante un evento y en una fecha determinada, de uno o varios de los siguientes servicios: fotomatón, glitter bar, plataforma 360°, photocall, máquinas de palomitas y algodón de azúcar y rincón dulce, con el alcance que se detalle en el presupuesto.
El ámbito habitual de trabajo es El Puerto de Santa María y las provincias de Cádiz y Sevilla. Los eventos fuera de esa zona se atienden previa confirmación y pueden conllevar un suplemento de desplazamiento, que se indicará siempre en el presupuesto.
3. Precios
- Los precios publicados en la web tienen carácter orientativo. El precio vinculante es el del presupuesto aceptado por el cliente.
- Los importes se expresan en euros e incluyen el IVA aplicable.
- El presupuesto detalla con claridad qué servicios y qué horas comprende, así como cualquier suplemento por desplazamiento, horas adicionales o material específico.
- Salvo indicación en contrario, el presupuesto tiene una validez de 15 días naturales desde su emisión.
4. Proceso de reserva
- Solicitud. El cliente se pone en contacto por WhatsApp, teléfono o correo electrónico e indica la fecha, el lugar y los servicios que le interesan.
- Presupuesto. Se comprueba la disponibilidad y se envía un presupuesto con el detalle de los servicios, el precio total y estas condiciones.
- Confirmación. La reserva se considera formalizada cuando el cliente acepta el presupuesto de forma expresa y abona la señal.
- Personalización. Una vez confirmada, se acuerdan el fondo, la plantilla de impresión y el diseño del libro de firmas. Los textos e imágenes que aporte el cliente deben enviarse con una antelación mínima de 15 días naturales respecto a la fecha del evento.
El contrato se perfecciona mediante comunicaciones electrónicas individuales, por lo que resulta de aplicación la excepción prevista en el artículo 27.2 de la Ley 34/2002 respecto de la información previa al procedimiento de contratación.
5. Pago
- Señal: entre 30 y 50 €, según el servicio contratado, en el momento de formalizar la reserva. Su abono bloquea la fecha en la agenda y se descuenta del precio total.
- Resto del importe: el día del evento. Puede abonarse antes del inicio del servicio o al finalizar este, según se acuerde con el cliente.
6. Cancelaciones y cambios de fecha
- Cancelación por parte del cliente. Si el cliente cancela el servicio, perderá la señal entregada, sin que se le reclame ninguna cantidad adicional. La señal retribuye el bloqueo de la fecha y la renuncia a otros encargos para ese día.
- Excepción por fuerza mayor. Se exceptúan las cancelaciones motivadas por causas de fuerza mayor —lesión o enfermedad del cliente o de familiares directos— debidamente justificadas. En estos casos Fotomatón El Puerto devolverá el importe abonado, sin que haya lugar a reclamaciones adicionales por ninguna de las partes.
- Cambio de fecha: se atenderá siempre que se solicite con más de 30 días naturales de antelación y haya disponibilidad en la nueva fecha, que deberá celebrarse dentro de los 12 meses siguientes. En ese caso la señal se traslada íntegramente al nuevo evento. Los cambios de fecha por causas de fuerza mayor se rigen por el apartado 9.
- Cancelación por parte del prestador: si por causas imputables a Fotomatón El Puerto no fuera posible prestar el servicio, se devolverán íntegramente las cantidades entregadas y, en la medida de lo posible, se propondrá una alternativa equivalente.
7. Obligaciones del cliente
Para que el servicio pueda prestarse correctamente, el cliente se compromete a facilitar:
- Un espacio aproximado de 2 x 2 metros, en superficie llana y estable.
- Una toma de corriente de 220 V a una distancia razonable del punto de montaje.
- Un espacio cubierto o resguardado si el evento se celebra al aire libre, de modo que el equipo quede protegido de la lluvia, del viento y de la luz solar directa.
- Acceso al recinto con la antelación necesaria para el montaje (aproximadamente una hora antes del inicio del servicio) y para la recogida al finalizar.
- La comunicación previa de cualquier limitación del lugar de celebración: horarios, accesos, escaleras, restricciones de ruido o normas internas de la finca.
Si el servicio no pudiera prestarse, total o parcialmente, por incumplimiento de estas condiciones o por causas imputables al cliente o al lugar de celebración, no procederá devolución alguna del importe.
8. Obligaciones del prestador
- Presentarse con la antelación suficiente y dejar el equipo montado y operativo al inicio de la hora contratada.
- Mantener una persona atendiendo el servicio durante todo el tiempo contratado.
- Aportar el material descrito en el presupuesto en buen estado de conservación y limpieza.
- Entregar el material acordado al finalizar el evento (copias impresas, libro de firmas y soporte USB con los archivos digitales, según lo contratado).
- Desmontar y retirar todo el equipo dejando el espacio en las mismas condiciones en que se encontró.
9. Incidencias técnicas y fuerza mayor
Los equipos se revisan antes de cada evento. Si aun así se produjera una avería que impidiese la impresión de fotografías, se hará todo lo posible por resolverla en el momento y, si no fuera posible, se entregarán igualmente los archivos digitales y se reembolsará la parte proporcional del servicio no prestado.
Ninguna de las partes responderá del incumplimiento debido a causas de fuerza mayor (fenómenos meteorológicos extremos, cortes de suministro eléctrico ajenos a nuestro control, restricciones impuestas por la autoridad, accidentes o enfermedad grave sobrevenida). En tales casos se acordará una nueva fecha o se devolverán las cantidades entregadas.
10. Derecho de desistimiento
Con carácter general, el consumidor dispone de catorce días naturales para desistir de un contrato celebrado a distancia. No obstante, el artículo 103.l del Real Decreto Legislativo 1/2007 excluye de ese derecho «el suministro de servicios relacionados con actividades de esparcimiento, si los contratos prevén una fecha o un periodo de ejecución específicos».
Al tratarse de servicios de animación para eventos reservados para una fecha concreta, el derecho de desistimiento no resulta aplicable. Las cancelaciones se rigen por lo previsto en el apartado 6 de estas condiciones, que se comunican al cliente antes de formalizar la reserva.
11. Derechos de imagen y protección de datos
El tratamiento de los datos personales y de las imágenes captadas durante el evento se detalla en la política de privacidad, cuyo apartado 4 conviene leer con atención.
El cliente, como organizador del evento, se compromete a informar a sus invitados de la presencia del fotomatón y de que las fotografías le serán entregadas a él. Fotomatón El Puerto no publicará imágenes de personas identificables sin su consentimiento expreso.
12. Responsabilidad por daños en el material
El cliente responderá de los daños que se causen al equipo por un uso manifiestamente indebido por parte de los asistentes (golpes intencionados, derrames de líquidos sobre los equipos, sustracción de material de atrezzo), así como de la pérdida o deterioro del atrezzo prestado.
13. Reclamaciones y resolución de conflictos
Cualquier queja o reclamación puede dirigirse a los datos de contacto del apartado 1. Nos comprometemos a responder en el plazo máximo de un mes.
Se dispone de hojas de quejas y reclamaciones oficiales de la Junta de Andalucía a disposición de los consumidores, conforme al Decreto 72/2008, de 4 de marzo. El consumidor puede acudir además a la Oficina Municipal de Información al Consumidor de su localidad o a la Junta Arbitral de Consumo correspondiente, siempre que ambas partes acepten someterse al arbitraje.
14. Legislación aplicable y jurisdicción
Estas condiciones se rigen por la legislación española. Cuando el cliente sea consumidor, serán competentes los juzgados y tribunales de su domicilio, conforme al artículo 90.2 del Real Decreto Legislativo 1/2007. En los demás casos, las partes se someten a los juzgados y tribunales de El Puerto de Santa María (Cádiz).
Última actualización: agosto de 2026.